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RADIO32 SOMOS TU VOS
FESTIVAL DE PASES A PLANTA: CAYÓ EL CONCURSO DE CAPITANICH QUE OBLIGABA A ZDERO EL PASE DE 10.000 MILITANTES, AMIGOS, FAMILIARES Y CONOCIDOS DE LA GESTIÓN ANTERIOR. Título de la página oficial de la Provincia del Chaco.
Otro título: ZDERO: “ESTOS VEHÍCULOS RECUPERADOS, DEJAN ATRÁS EL PASO DE LA CORRUPCIÓN”.
¿Qué es la publicidad oficial? Toda forma de comunicación, anuncio o campaña institucional de carácter oneroso, gratuito o cedido por imperio legal, efectuada a través de cualquier medio de comunicación, por los organismos del Estado. En este caso, es publicidad oficial sin el artificio de ningún editorialista del sector privado.
Según el Artículo 77 de la Constitución del Chaco (Publicidad de los actos oficiales), “Los actos oficiales de la administración deberán publicarse periódicamente en la forma que la ley establezca”. Esto incluye dar a publicidad, mensualmente, “el estado de la Tesorería” (CAPÍTULO II – Atribuciones y deberes del Poder Ejecutivo Gobernador: deberes y atribuciones, Artículo 141; 9).
En Chaco, la ley 1774-B establece los criterios de acceso a la información/ derecho a la información: “Toda persona (…) tiene derecho, de conformidad con el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar, acceder y recibir información gratuita, completa, veraz, adecuada y oportuna de los Poderes, empresas y organismos que componen el Sector Público Provincial incluidos en el artículo 4° de la ley 1092-A y modificatorias- y de los Municipios de la Provincia”.
El Artículo 2 explicita el Principio de Publicidad: “Todas las actividades de los órganos comprendidos en la presente ley, estarán sometidos al principio de publicidad de sus actos. Los funcionarios responsables deberán prever una adecuada organización, sistematización, publicación y disponibilidad, asegurando un amplio y fácil acceso de la información que obre en su poder, esté bajo su control o haya sido producida por o para dicho sector, con las únicas excepciones establecidas por esta ley”.
Los ensayos de “ley de pauta” de todo el país buscan garantizar el ejercicio del derecho a la información pública en el uso de la Publicidad Oficial y la difusión de los actos de gobierno (…) para aumentar los niveles de transparencia de los procedimientos.
Si bien es cierto que en Chaco nos seguimos adeudando la sanción de una ley específica, lo que está en juego en estos días es la manipulación de la verdad a través de canales oficiales de información, la editorialización de los actos de gobierno, la adjetivación, la manipulación de la opinión pública y, desde luego, el uso de recursos del Estado para promover campañas de desinformación.
El de Leandro Zdero es un gobierno que oculta información sobre casos de dengue, sobre compra de medicamentos e insumos médicos, sobre despidos de personal en el Estado, sobre nombramientos de punteros políticos, pero que simultáneamente usa fondos públicos para atacar a la oposición adjudicándole, precisamente, esas falencias. Es decir: en vez de publicitar actos de gobierno, ataca a sus adversarios con instrumentos de difusión partidaria.
La publicidad oficial no puede, no debe vulnerar principios constitucionales. El gobierno no puede afirmar oficialmente que la anterior gestión intentó pasar a planta “10.000 MILITANTES, AMIGOS, FAMILIARES Y CONOCIDOS DE LA GESTIÓN ANTERIOR”, porque eso no es información veraz, favorece la discriminación, avasalla el pluralismo ideológico, político y social, incide en la intención de voto de los ciudadanos, contiene elementos subliminales y explíticos engañosos; y lo que es peor: es mentira.
Ojalá la oposición tome dimensión de la gravedad del asunto e inicie medidas judiciales para desarticular el manejo de esta ingeniería militante basada en las fake news y la posverdad, y para que los responsables de estos documentos partidarios se hagan cargo de sus actos. Porque esos documentos, es importante decirlo, los estamos pagando nosotros, los contribuyentes.
elclandestino
Escrito por E-GRUPOCLAN
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